Recientemente la Dirección General de Tributos ha resuelto una consulta relativa al IVA en concreto sobre el tipo impositivo aplicable al material virtual de aprendizaje de carácter multimedia (videos, gráficos, imágenes, animaciones, audios, simuladores o biblioteca en la impartición de formación a distancia y en línea.)

La consulta resuelve que el suministro de material virtual de aprendizaje constituye una prestación de servicios por vía electrónica que tributa al tipo del 4%, incluso cuando de forma accesoria se dé acceso en línea a los adquirentes a plataforma de aprendizaje.

El fundamento jurídico de la respuesta tiene base en la reciente modificación del art. 91. Dos.1. 2º de la Ley 37/1992 (LIVA), por la disposición final segunda del RD Ley 15/2020 de 21 de abril, de medidas urgentes complementarias para apoyar la economía y el empleo, que supone la transposición de la Directiva (UE) 2018/1713 del Consejo de 6 de noviembre de 2018, a la normativa interna, con entrada en vigor desde el 23 de abril de 2020.

Por el contrario, cuando la operación principal consistiera en la impartición de enseñanza a través de internet esencialmente automatizada, siendo secundario el acceso en línea al conjunto de material audiovisual, se debe tributar al tipo del 21%.

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